RECLAMA LOS GASTOS DE TU HIPOTECA INCLUSO SI YA TERMINASTE DE PAGARLA PUEDES RECUPERAR EN TORNO A 3.000€
Comprueba si tu hipoteca es reclamable
Responde a estas preguntas
¿Firmaste tu hipoteca entre 1985 y 2019?
¿Cuál es tu nombre y Apellido?
*Introduzca un valor correcto
*Introduzca un valor correcto
Atrás
Siguiente
¿Cual es tu Código Postal?
*Por favor, introduzca un código válido
Atrás
Siguiente
Cantidad de la hipoteca
*Por favor, seleccione una opción
Atrás
¿Cuál es tu email?
*Introduzca un email correcto
¿Cuál es tu teléfono? solo lo utilizaremos para llamarte y estudiar el caso, sin ningun tipo de fin comercial
*Introduzca un numero correcto
Atrás
Siguiente
Bien, ya tenemos todo listo
*Debe aceptar la politica de privacidad

El Tribunal Supremo ha determinado que cargarle al hipotecado con el pago de todos los gastos de formalización del préstamo hipotecario es ilegal.


¿Qué son los gastos de formalización de hipoteca?


Son los gastos por hacer oficial un préstamo hipotecario entre un banco y un cliente, unos 3.000€ para una hipoteca de 200.000 + intereses. El pago de estos gastos no se debería haber cargado en exclusiva sobre los clientes, pero los bancos incluyeron una cláusula abusiva que cobra al cliente el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, los gastos de notario, los gastos del registro, los gastos de tasación y los gastos de gestoría.

¿Qué gastos puedo reclamar?

Puedes reclamar todos los gastos de constitución de tu hipoteca y de sus novaciones, si las hubo:

  • 50% de la factura de la Notaría.
  • 100% de los gastos de tasación de la vivienda.
  • 100% de la factura del Registro de la Propiedad.
  • 100% de los gastos de gestoría por la tramitación de la hipoteca.
  • Intereses legales indebidamente cobrados desde la fecha de escritura hasta que se dicte sentencia.
  • Para poder recuperar las cantidades abonadas en concepto de Notaría, Registro, gestoría y tasación, primero debe declararse la nulidad de la cláusula que impone su pago.



La reclamación por gastos hipotecarios asciende a 3.000 € de media para una hipoteca de 200.000€ + intereses.

,,

    Evaluamos tu caso sin ningún coste.
Te ofrecemos la posibilidad de realizar todo
el proceso sin tener que desplazarte.

,,

Te ayudamos a entenderlo

¿Cómo sé si he pagado esos gastos?
Si tienes o has tenido una hipoteca, es muy probable que hayas pagado los gastos de constitución. Ya que es una cláusula que los bancos introducían de forma generalizada en los préstamos hipotecarios.  

¿Por qué puedo reclamar los gastos hipotecarios?
El Tribunal Supremo considera que el banco es el principal interesado en inscribir la escritura del préstamo hipotecario. Por lo tanto, debe ser quien costee la mayoría de estos gastos

¿Qué más puedo reclamar?
Puede que también te hayan afectado otras cláusulas abusivas como la cláusula suelo. Analizaremos tu hipoteca y las reclamaremos todas. Así nos aseguramos de que consigues lo máximo que te corresponde.

¿Puedo reclamar si la hipoteca está ya cancelada?

Es posible reclamar los gastos de todas las hipotecas constituidas, incluso las ya pagadas y canceladas, siempre y cuando no se hayan destinado para un negocio, empresa o profesión.

¡Trabajamos a Éxito! Sin que tengas que adelantar el dinero y sólo cobramos si TÚ ganas.

Nos encargamos de desarrollar y ejecutar todos los trámites para recuperar tu dinero sin que tengas que preocuparte por nada.

,,

Sin adelantar ni un céntimo ni desplazarte.

,,

PREGUNTAS FRECUENTES (FAQ)

Pueden reclamar todas las personas que hayan formalizado una escritura de préstamo hipotecario siempre que no hayan destinado el importe del préstamo a una actividad empresarial. Son reclamables también las ampliaciones, novaciones y subrogaciones de hipoteca.

En Ibarra Finanzas entendemos que la reclamación no prescribe nunca, pero todavía no hay un criterio del Tribunal Supremo sobre ello. Por tanto, se puede reclamar la devolución de los gastos aunque se haya pagado la hipoteca, siempre que el préstamo sea posterior al mes de agosto del año 1984.

Son reclamables los facturas del Notario, del Registrador de la Propiedad, la factura de la Gestoría que hizo los pagos en nombre del cliente y la factura de la Tasación. En una hipoteca media de 150.000€ asciende aproximadamente a unos 1.000€.

Sí, la cuantía a devolver ha de reintegrarse incrementada en el interés legal del dinero desde su pago, cuando se firmó la hipoteca.

Simplemente una copia de la escritura de préstamo hipotecario -no confundir con la de compraventa- y la copia de las siguientes facturas: Factura de Notario, Factura de Registro, Factura de Tasación, Factura de Gestoría

Si no las conservas entre la documentación, debes pedirla en la Notaría en la que firmaste la hipoteca, en la Gestoría que hizo los tramites (preguntar en el banco), en el Registro de la Propiedad y en la Entidad Tasadora que hizo la tasación. Si hubieran transcurrido más de 4 años desde la firma del préstamo, posiblemente no te facilitarán dichas facturas.

Hemos ganados la práctica totalidad de los casos planteados hasta el momento.

En Ibarra Finanzas confiamos tanto en lo que hacemos que si el cliente pierde pagamos nosotros las costas al abogado y procurador del banco. Esta condición está sujeta a que el préstamo NO esté destinado a la actividad comercial, empresarial, oficio o profesión del cliente. Con Ibarra Finanzas o ganas o te quedas como estás, nunca pierdes.

Normalmente no. Sólo sería necesario si el banco propusiera el interrogatorio del cliente y el juez lo aceptara, lo cual prácticamente casi nunca sucede.

Depende del Juzgado y de si el banco recurre la Sentencia. Normalmente entre uno y dos años.

Sí, es posible hacerlo.

Desde luego, tenemos colaboradores en todas las provincias de España.