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NO COBRAMOS SI NO GANAMOS
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia con fecha 25 de noviembre de 2015, amparándose en la Ley del 23 de julio de 1908 (Represión de Usura), en la cual anuló una tarjeta revolving al considerar que el interés del 24,60%TAE era usura, al ser el doble del interés medio ordinario de las operaciones de consumo.
Cuando el juez declara nulo por usurario el contrato de préstamo de la tarjeta revolving, el prestatario únicamente queda obligado a devolver la cantidad principal prestada, pero si ha devuelto más cantidades (intereses) tiene derecho a que el prestamista se los devuelva, quedando el cliente liberado del préstamo y la entidad incluso devolviendo el dinero pagado de más.
Algunos clientes han recuperado más de 39.000 €
Algunas entidades como Wizink, Caixabank o Bankinter intentan negociar la deuda de la tarjeta revolving directamente con el afectado. Estos acuerdos pueden ser perjudiciales, ya que si se acepta el acuerdo, el afectado renuncia a reclamar judicialmente en un futuro. Presentar una reclamación judicial contra la entidad y ganar el caso, supone acabar con la pesadilla de las tarjetas revolving.
Si tu tarjeta no aparece en esta lista, no importa, puedes reclamar tus intereses abusivos también con Reclamapormi
Las tarjetas revolving cuentan con intereses muy elevados: Los intereses de estas tarjetas, que se sitúan de media entorno al 20% TAE ya son muy elevados, sin contar las comisiones que surjan durante el contrato, entre las cuales encontramos: comisión apertura, gastos de formalización notarial, gastos devengados por avales concedidos por entidades diferentes a las que concede el préstamo, primas de seguro concertadas a favor de la entidad con un tercero, comisión de estudio. El propio Tribunal Supremo ha establecido que un poco más del 20% TAE debería ser usura, principal motivo para reclamar tarjetas revolving. La ley que regula este tipo de reclamaciones es la Ley sobre nulidad de los contratos de préstamos usurario, Ley de Represión de la Usura o Ley de Azcárate
Falta de transparencia en la comercialización: la mayoría de los casos cuentas con letras ilegibles, ausencia de un contrato vinculante, omisión de información, aumento de la línea de crédito sin aceptación de los términos...
Acoso: Llamadas constantes al movil desde diferentes números, emails, cartas... especialmente si no se ha hecho a algún pago de la tarjeta.
Ya son más de 4.000 los afectados que han confiado en Reclamapormi.com para que uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones contra entidades financieras lleve adelante su caso sobre tarjeta revolving.
En primer lugar se realizará una reclamación extrajudicial y si no prospera porque la entidad no responde, la rechaza, u ofrece un acuerdo perjudicial para el cliente se iniciará la vía judicial donde tenemos un ratio de éxito del 98%.